Nuevas normas de tráfico: ¡6 puntos menos por conducir con el móvil!

El nuevo paquete de reformas legales también rebaja a los 30 km/h la velocidad en las calles de ciudades

¿Quieres conocer todas las nuevas medidas que se incluyen en la reforma de la ley de tráfico?

1 – Reforma del carné por puntos

  • Sanciones: Aumentan de 3 a 6 los puntos por conducir sujetando con la mano el móvil. Se mantiene la multa de 200 euros.
  • Seguridad: Eleva de tres a cuatro los puntos que se restan por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección. Además, se sanciona el mal uso de estos elementos como llevar mal puesto el casco o el cinturón sin abrochar.
  •  Picaresca: Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares, aunque se desactiven, será una infracción grave multada con 500 euros y la pérdida de tres puntos.
  • Limitación: Los turismos y motocicletas no podrán rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
  • Segunda oportunidad: Se podrán recuperar dos puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT.
  • Recuperación: Se unifica en dos años el plazo sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, independientemente de la gravedad de la infracción cometida.
  • Empresas de transporte: Las empresas de transporte de personas y de mercancías podrán acceder ‘online’ al registro de conductores para conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no.

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2 – Movilidad urbana 

  • Limitación: No se podrán rebasar los 20 km/h en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
  • Nuevos criterios: En las de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h.
  • Como siempre: En las de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite seguirá siendo de 50 km/h.

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3 – Vehículos de movilidad personal 

  • Velocidad máxima: Se regulan los vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, como patinetes y ‘segway’, cuya velocidad máxima estará comprendida entre 6 y 25 km/h. Se excluyen los vehículos para personas con movilidad reducida como sillas de ruedas.
  • Áreas de circulación: No se podrá circular con ellos por las aceras y las zonas peatonales, así como por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que transcurran por poblaciones, ni en túneles urbanos.
  • Normativa: Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no se podrán usar auriculares.
  • Patinetes: podrán circular como mucho a 25km/h.

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Estas son las novedades más importantes que incorpora la nueva normativa. Importante estar al caso. ¡Tus puntos y tu seguridad están en juego!